Los organismos públicos de derechos humanos son las entidades encargadas de la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los Derechos Humanos reconocidos por el Estado mexicano. Dentro de sus principales responsabilidades, se encuentran: recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos, conocer e investigar presuntas violaciones a derechos humanos, formular recomendaciones públicas, programar y proponer acciones en coordinación con las dependencias competentes par a impulsar el cumplimiento de tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en materia de Derechos Humanos (LCNDH, 2018).
Al ser los principales organismos públicos protectores de derechos humanos en el país, el trabajo que realizan resulta esencial para contribuir en el reconocimiento, investigación, prevención, atención y protección de las víctimas de desplazamiento interno forzado. Además de la investigación de las violaciones y la emisión de las Recomendaciones, dichos organismos “pueden supervisar la emisión de la normatividad dirigida a dicha población y, en su caso, ejercer las acciones de control constitucional que competencialmente les corresponde en contra de normas contrarias a los derechos humanos; realizar campañas de promoción de derechos o sumarse a las existentes, orientación, asesoría legal, gestoría y capacitar a servidores públicos sobre la adecuada atención que deben recibir las víctimas del DFI, entre otras labores” (CNDH, 2016, p.7).
Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Entre 2006 y junio de 2020, la CNDH registró 21 expedientes de queja, emitió 7 recomendaciones y solicitó 17 medidas cautelares relacionadas con situaciones de desplazamiento interno forzado en México.
Las quejas recibidas por la CNDH corresponden a episodios de desplazamiento forzado en ocho entidades federativas: Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Sinaloa y Tabasco. Entre las causas que generaron el desplazamiento interno forzado se registran: conflictos por tierra, desalojos forzados, daños causados por proyectos de desarrollo, conflictos armados, conflictos comunitarios, ataques paramilitares y violencia generada por agentes del Estado y por grupos criminales.
Las recomendaciones se refieren a casos de desplazamiento tanto de personas como de comunidades en los estados de Jalisco (Recomendación 2008/07), Oaxaca (Recomendación 2010/33), Sinaloa (Recomendación 2017/39), Chiapas (Recomendaciones 2018/87 y 2018/90), Baja California Sur (Recomendación 2018/91) y Chihuahua (Recomendación 2019/94). Todas las recomendaciones son públicas y están disponibles para consulta en la página de la CNDH.
Entre las medidas cautelares solicitadas con mayor frecuencia se encuentran las siguientes: brindar protección y garantizar la vida, integridad y seguridad personal de las personas internamente desplazadas; realizar un censo de la población en situación de desplazamiento interno forzado; satisfacer las necesidades básicas de alimentación, salud y alojamiento de las víctimas; garantizar su acceso a servicios de salud, educativos, jurídicos y laborales. Otras medidas que también se han solicitado en casos de desplazamiento interno son: garantizar la integridad física de personas desplazadas para que puedan acudir a ejercer su derecho y emitir su sufragio en una casilla extraordinaria durante la jornada electoral; garantizar atención médica y psicológica en tanto subsista el desplazamiento; garantizar la protección integral a niñas, niños y adolescentes desplazados, y facilitar el diálogo y mediación entre las partes en conflicto para evitar hechos de violencia y garantizar un retorno seguro y duradero a sus comunidades.
21
Quejas7
Recomendaciones17
Medidas cautelaresComisiones Estatales de Derechos Humanos
La información relacionada con la actuación de las Comisiones Estatales de Derechos Humanos fue compilada en el siguiente mapa y será actualizada periódicamente.
Fuentes consultadas
- CNDH. (2016). Protocolo para la atención y protección de las víctimas de desplazamiento interno forzado (DFI) en México
- Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos [LCNDH]. (2018)
- Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas. (Consultada el 19 de octubre de 2020)
- CNDH. Recomendaciones. (Consultada el 26 de octubre de 2020)
- CNDH. Informes anuales. (Consultada el 26 de octubre de 2020)